LEY DE PREVENCIÓN DE DELITOS

Teseo Consultores
Prevenciónn de Delitos
Prevención de Delitos

 

“Prevención de Delitos” para eximir de responsabilidad penal a las empresas».

 

 

 

La modificación del Código Penal, por Ley Orgánica 1/2015, entre en vigor en día 31 de julio del 2015, por lo está plenamente en vigor.

Como novedad que introduce la Ley sanciona penalmente a la personas jurídicas como únicos responsables de las sanciones que podían acarrear a las empresas, independientemente de su tamaño, por incurrir en delitos amparados por la presente Ley.

Por tanto, queda clara que las personas jurídicas son penalmente resposables de los delitos que se hayan podido cometer en la empresa, independientemente de la persona de haya cometido: mandos, empleados… cuando la entidad no haya controlado debidamente las acciones cometidas por estos.

Con la reforma que se establece en el Código Penal existe la posibilidad de las personas jurídicas se eximan de esta afectación de Código Penal si establece los mecanismos de prevención que en susodicho código se establecen.

¿Cuales son las mecánismos de prevención que se establecen?

Implentantar «Modelos de Prevención de Delito», estos protocolos son establecidos por la entidad para prevenir el posible delito que cometa alguna persona y que sea responsable la persona juridica de la empresa.

No solo es establecer un documento, sino que la empresa con la figura de la Controller Jurídico, debe comprobar que la empresa cumpla con todos los riquisitos del documento. De esta forma la máxima figura de la empresa está protegido ante la ley y ante las posibles sanciones que se deriven del código penal, que van desde las multas a la inhabilitación en caso más grave la cárcel.

Desde Teseo Consultores, ofrecemos a su empresa el mejor asesoramiento en materia de prevención de delitos, y le ayudamos a implementar eficazmente en su compañía un modelo de prevención que le proteja ante futuras eventualidades en materia penal.